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Derecho pensional

Pensión de sobrevivientes: quién tiene derecho y cómo reclamarla

Laura Alejandra Chavarro Leal

· 1 min de lectura

La muerte de un ser querido es, además del duelo, un momento de incertidumbre económica para muchas familias. El sistema de seguridad social prevé la pensión de sobrevivientes precisamente para proteger a quienes dependían de la persona fallecida.

¿Qué es la pensión de sobrevivientes?

Es la prestación que se reconoce a los beneficiarios cuando fallece un afiliado que cumplía los requisitos o un pensionado. Su finalidad es sustituir el ingreso del que dependía la familia y proteger su mínimo vital.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

La ley establece un orden de beneficiarios que, en términos generales, es el siguiente:

  • El cónyuge o compañero(a) permanente, acreditando la convivencia exigida por la ley.
  • Los hijos menores de edad, y los hijos en condición de discapacidad o estudiando, dentro de los límites legales.
  • A falta de los anteriores, los padres que dependían económicamente del fallecido.

¿Cómo se reclama?

  1. 1Reunir los documentos: registro de defunción, prueba del vínculo y de la convivencia o dependencia.
  2. 2Presentar la solicitud ante el fondo de pensiones o Colpensiones.
  3. 3Si la entidad niega o demora, acudir a la justicia laboral o, cuando hay riesgo del mínimo vital, a la acción de tutela.

Si le negaron la pensión de sobrevivientes, una negativa no significa que no tenga derecho. Vale la pena revisar el caso antes de que operen los términos.

La información de este sitio es de carácter general y no constituye asesoría jurídica. Cada caso debe analizarse de forma individual.

Escrito por

Laura Alejandra Chavarro Leal

Abogada · Derecho pensional y seguridad social

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