Derecho Pensional y Seguridad Social
El sistema pensional es complejo y las entidades suelen negar prestaciones a las que sí hay derecho. Estudiamos su historia laboral y reclamamos lo que en justicia le corresponde.
El derecho pensional protege a las personas frente a la vejez, la invalidez y la muerte. Cuando un fondo privado o Colpensiones niega o liquida mal una prestación, existen vías administrativas y judiciales para corregirlo.
Acompañamos cada etapa: el estudio de la historia laboral y de las semanas cotizadas, la reclamación ante la entidad y, de ser necesario, la demanda ante la jurisdicción ordinaria laboral o la acción de tutela cuando hay un derecho fundamental en juego.
Cómo le ayudamos
Pensión de sobrevivientes y sustitución pensional
Reclamamos la pensión para el cónyuge, compañero(a) permanente, hijos o padres cuando fallece el afiliado o pensionado.
Auxilio funerario
Gestionamos el reembolso para quien asumió los gastos del funeral del afiliado o pensionado fallecido.
Pensión de vejez e invalidez
Estudiamos requisitos y semanas para obtener el reconocimiento de la pensión por edad o por pérdida de capacidad laboral.
Reliquidación y reconocimiento de semanas
Corregimos liquidaciones erradas, inclusión de semanas omitidas e indemnización sustitutiva.
¿Se identifica con alguna situación?
- Falleció un familiar afiliado o pensionado y le negaron la pensión de sobrevivientes.
- Asumió los gastos del funeral y no le han reconocido el auxilio funerario.
- Le negaron la pensión de invalidez pese a su pérdida de capacidad laboral.
- Su mesada fue mal liquidada o no le contaron todas las semanas cotizadas.
Paso a paso
- 1
Estudio pensional
Revisamos historia laboral, semanas y requisitos aplicables.
- 2
Reclamación
Presentamos la solicitud ante el fondo o Colpensiones.
- 3
Demanda o tutela
Acudimos a la justicia laboral o a la tutela según el caso.
- 4
Reconocimiento y pago
Buscamos el reconocimiento, el retroactivo y los intereses.
Preguntas sobre derecho pensional
En su orden, el cónyuge o compañero(a) permanente, los hijos con derecho y, a falta de estos, los padres que dependían económicamente del fallecido. Cada caso exige acreditar la convivencia o la dependencia según la ley.
Es una suma que reconoce el sistema a la persona que sufragó los gastos del entierro del afiliado o pensionado fallecido. Se reclama acreditando el pago de esos gastos.
Otras áreas de práctica
¿Necesita ayuda con derecho pensional?
Cuéntenos su situación. Estudiamos su caso y le explicamos, con claridad, las opciones reales que tiene.
