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Herrán y ChavarroAbogados— Inicio
Frente al Estado, con argumentos sólidos.

Derecho Administrativo

Acompañamos a personas y empresas en sus controversias con entidades del Estado, desde la vía gubernativa hasta el litigio ante la jurisdicción de lo contencioso-administrativo.

En qué consiste

El derecho administrativo regula la relación entre los ciudadanos y las entidades públicas. Cuando una decisión de la administración lo afecta —un acto administrativo, una sanción, una multa o la negativa a reconocer un derecho— existen mecanismos para controvertirla, primero ante la propia entidad y luego ante los jueces.

Nuestro equipo estructura la estrategia desde el agotamiento de la vía gubernativa (recursos de reposición y apelación) hasta la presentación y el seguimiento del medio de control idóneo ante el Consejo de Estado y los tribunales administrativos.

Cómo le ayudamos

  • Nulidad y restablecimiento del derecho

    Demandamos los actos administrativos ilegales que vulneran sus derechos y solicitamos el restablecimiento y la indemnización correspondiente.

  • Nulidad simple

    Controvertimos actos de carácter general contrarios a la ley o a la Constitución cuando afectan el interés público.

  • Controversias contractuales

    Asesoría y litigio en contratos estatales: liquidación, incumplimientos, sanciones y reclamaciones económicas.

  • Vía gubernativa y derechos de petición

    Redactamos peticiones, recursos y actuaciones ante la administración para agotar correctamente cada etapa previa al litigio.

Casos típicos

¿Se identifica con alguna situación?

  • Sanciones, multas o actos administrativos que considera injustos.
  • Negativa de una entidad pública a reconocer una prestación o derecho.
  • Conflictos derivados de contratos con el Estado.
  • Procesos disciplinarios y de responsabilidad fiscal.
Nuestro proceso

Paso a paso

  1. 1

    Estudio del acto

    Analizamos la actuación de la entidad y sus vicios de legalidad.

  2. 2

    Vía gubernativa

    Interponemos los recursos para agotar la sede administrativa.

  3. 3

    Demanda

    Presentamos el medio de control idóneo dentro del término de caducidad.

  4. 4

    Litigio y seguimiento

    Representamos sus intereses hasta la sentencia y su cumplimiento.

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre derecho administrativo

Por regla general, la acción de nulidad y restablecimiento del derecho caduca a los cuatro meses contados desde la notificación del acto. Existen excepciones, por lo que es clave consultar a tiempo.

En la mayoría de los casos sí: hay que interponer los recursos procedentes contra el acto para poder acudir después a la jurisdicción. Le indicamos exactamente qué corresponde en su situación.

¿Necesita ayuda con derecho administrativo?

Cuéntenos su situación. Estudiamos su caso y le explicamos, con claridad, las opciones reales que tiene.

Hablemos