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Herrán y ChavarroAbogados— Inicio
La Constitución, como herramienta de protección.

Acciones Constitucionales

Cuando un derecho fundamental está en riesgo y no admite demora, la acción de tutela ofrece una protección rápida y efectiva. La empleamos con rigor y estrategia.

En qué consiste

La tutela protege los derechos fundamentales frente a la acción u omisión de autoridades o particulares. Es especialmente útil cuando está en juego la salud, el mínimo vital o el acceso a prestaciones que se niegan de forma arbitraria.

Identificamos el derecho vulnerado, acreditamos el perjuicio y construimos una solicitud sólida para que el juez constitucional ordene la protección inmediata, incluso por vía de medidas provisionales.

Cómo le ayudamos

  • Acción de tutela

    Protección urgente de derechos fundamentales vulnerados por entidades públicas o privadas.

  • Tutela en materia pensional y de seguridad social

    Cuando la negativa a una pensión o prestación amenaza el mínimo vital de una persona o su familia.

  • Acción de cumplimiento

    Para exigir que una autoridad cumpla una ley o un acto administrativo que está desconociendo.

  • Incidentes de desacato

    Hacemos cumplir las órdenes de tutela cuando la entidad obligada no las acata.

Casos típicos

¿Se identifica con alguna situación?

  • Le niegan un servicio o medicamento de salud que necesita con urgencia.
  • La falta de una pensión pone en riesgo su subsistencia o la de su familia.
  • Una autoridad incumple una ley o un acto que la obliga.
  • No se cumple una orden judicial ya proferida a su favor.
Nuestro proceso

Paso a paso

  1. 1

    Análisis del derecho

    Determinamos el derecho fundamental afectado y la procedencia.

  2. 2

    Solicitud de tutela

    Redactamos y presentamos la acción ante el juez competente.

  3. 3

    Medidas provisionales

    Pedimos protección inmediata cuando el riesgo es inminente.

  4. 4

    Cumplimiento

    Vigilamos el fallo y promovemos el desacato si es necesario.

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre acciones constitucionales

El juez debe resolver, por regla general, dentro de los diez días siguientes a su presentación. Por eso es el mecanismo idóneo cuando un derecho fundamental no puede esperar.

La tutela procede de forma excepcional en materia pensional, principalmente cuando la negativa afecta el mínimo vital o se trata de un sujeto de especial protección. Evaluamos si es la vía adecuada en su caso.

¿Necesita ayuda con acciones constitucionales?

Cuéntenos su situación. Estudiamos su caso y le explicamos, con claridad, las opciones reales que tiene.

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